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    DEROGACION DEL ARTICULO NRO. 62 DEL REGLAMENTO DE TASA Y DERECHOS AERONAUTICOS (TASA AEREA)

    Que, en consideración a los Tratados de Libre Comercio y acuerdo Comerciales celebrados recientemente por nuestro país y la necesidad de disminuir los aranceles de la carga aérea proveniente del exterior , se ha derogado la correspondiente tasa aérea , el cual, dicha derogación entro en vigencia el día 5 de abril del año 2004.


    LRRV/jpezoa

     

     

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